La SIC sancionó a Industrias Inca y a su firma de cobranza por divulgar deudas al empleador. Conoce las reglas y cómo prevenir multas millonarias.
¿Tu empresa contacta al empleador de un cliente para cobrar una deuda?
La SIC sancionó a Industrias Inca S.A.S. y a su firma de cobranza, Ágora Abogados Especializados BPO S.A.S., por enviar comunicaciones de cobro a los empleadores de varias personas. En esos mensajes se revelaban datos como nombre, cédula, estado de mora y la supuesta negativa a pagar, exponiendo información financiera ante terceros no autorizados.
La SIC recordó que la gestión de cobro no autoriza divulgar una deuda al empleador ni usar el entorno laboral como mecanismo de presión. También señaló que la empresa que contrata una firma de cobranza sigue teniendo el deber de supervisar cómo esta usa los datos de sus clientes. Tener cláusulas de confidencialidad o políticas escritas no es suficiente si, en la práctica, no existen controles para prevenir estas conductas.
Por estos hechos, la SIC impuso una multa de $351.190.000 a Industrias Inca y de $46.357.080 a Ágora Abogados Especializados.
Si tu empresa realiza cobros directamente o a través de terceros, recuerda: los datos del cliente solo pueden compartirse con personas autorizadas y para fines permitidos. En Karina Molano Consultoría Legal te ayudamos a revisar contratos con agencias de cobranza, protocolos de contacto y controles de protección de datos para prevenir sanciones.
Michell Monsalve Perfetti
Abogada Consultora
Karina Molano Consultoría Legal
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